1. Introducción
Bizum sigue consolidándose como el rey de los pagos instantáneos en España. Pero en 2025–2026, no solo cambia la forma de enviar dinero, también aumentan las obligaciones fiscales: Hacienda quiere mayor control para evitar uso como vía oculta de ingresos. Este artículo ofrece una guía práctica y actualizada para particulares y profesionales.
2. ¿Qué ocurre con los “envíos prohibidos”?
- Desde mediados de junio de 2025, quedan prohibidos o sujetos a control estricto ciertos envíos que indiquen actividad comercial —aunque sean por Bizum entre amigos—, si implican regularidad o falsas finalidades no comerciales (informacion.es, officialpress.es).
- Esto incluye pagos por servicios profesionales, alquileres, clases particulares, ventas repetidas, etc. Si Hacienda detecta indicios económicos, habrá reporte obligatorio (officialpress.es).
- Fin del límite anterior de 3 000 €: todo pago con apariencia de actividad económica se reportará, sin importar la cuantía (officialpress.es).
3. Límite fiscal sin declarar entre particulares
- Sigue existiendo la exención siempre que los pagos sean ocasionales, no comerciales y entre particulares.
- El tope anual por pareja es de 10 000 €; se mantiene intacto .
- Ejemplos válidos: regalos, compartir gastos o devoluciones entre familiares o amigos.
4. Límites operativos técnicos de Bizum
Estos no han cambiado:
- Importe mínimo: 0,50 €
- Máximo por operación: 1 000 € (puede variar según banco)
- Límite diario de envíos: 2 000 €
- Límite mensual: 5 000 €
- Máx. de operaciones al mes: 60 (officialpress.es, elpueblodeceuta.es)
5. Cambios para 2026: control implacable de Hacienda
- A partir de 2026, todos los pagos comerciales vía Bizum deberán declararse a Hacienda, con o sin importe mínimo (guinaldoasesores.com).
- Los bancos deberán reportar mensualmente cualquier indicar de actividad económica vía Bizum (rankiator.com).
- El objetivo: eliminar actividades económicas no declaradas y reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
6. Consecuencias para particulares y autónomos
6.1 Particulares
- Si los pagos son entre amigos, esporádicos y sin ánimo de lucro, no habrá problemas, siempre que se mantengan por debajo de 10 000 € anuales.
- Pero si se repiten pagos por servicios, podrían interpretarse como actividad económica.
6.2 Autónomos y profesionales
- Todo cobro por Bizum debe validarse con factura, registro contable, IVA e IRPF, incluso si son microservicios.
- Sin alta en Hacienda/Seguridad Social, estos pagos estarán en el punto de mira, con sanciones que van de 300 €–6 000 €, más recargos retroactivos (officialpress.es).
7. Claves para usar Bizum sin riesgos fiscales
Tip | Qué hacer |
---|---|
👨👩👧👦 Particulares | Mantén los pagos ocasionales y sin ánimo comercial. Después, no superes 10 000 € anuales por pareja. |
🧾 Profesionales | Emite factura por cada cobro, contabiliza ingresos, imprime IVA/IRPF trimestrales. |
📊 Autonomización | Date de alta si prestas servicios recurrentes o vendes productos de forma habitual. |
🧩 Justifica si es familiar | Identifica el motivo: regalo, casa, ocio… evita etiquetas tipo “clase”, “alquiler”. |
8. ¿Qué evitar para no llamar la atención?
- Enviar pagos estrictamente profesionales con descripción genérica (p. ej. “pago” sin especificar servicio).
- Efectuar pagos recurrentes iguales cada mes.
- Fusionar pagos de amigos con ingresos, o utilizar etiquetas comerciales.
9. Conclusión y aspectos para destacar
- Bizum sigue siendo rápido y cómodo, con límites operativos sin cambios.
- Pero la Agencia Tributaria incrementa el control fiscal. A partir de 2025 y, especialmente en 2026, cualquier uso comercial por Bizum demandará declaración.
- La clave: define bien si eres particular o profesional. Emite facturas, regístrate y tributa correctamente.
- Así evitas sanciones y usas tu Bizum con total tranquilidad legal y fiscal.
- Guarda esta guía: te servirá como hoja de ruta para usar Bizum legalmente.
- Compártelo si conoces a alguien que reciba pagos por Bizum.
- Déjanos tu comentario: ¿te han exigido factura al cobrar por Bizum? ¿Cómo lo gestionas?